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14 de septiembre de 2008

Más de 200 familias numerosas recurren mañana a Hacienda


Publicado en: EL DIA


Más de 200 familias numerosas recurren mañana a Hacienda

Al menos 200 familias numerosas toledanas han rellenado ya un formulario para que la  Agencia Tributaria les devuelva las cantidades que le debe en concepto de haberles retenido un determinado porcentaje en función de las ayudas económicas que perciben. Mañana presentarán en la delegación provincial de Hacienda esos recursos tras haber acordado con la responsable en Toledo que la Asociación que aglutina a estas personas, se encargaba de canalizar esas reclamaciones y, la AEAT, a cambio, destinaban a un funcionario de su Cuerpo en exclusiva para gestionar cada caso.

A Jesús Contreras, presidente de la federación ACAMAFAN de Familias Numerosas le han garantizado que la tramitación administrativa de esos recursos se prolongará durante un mes y, una semana después, se les devolverán los importes tributados a cada familia.

La mayoría de los afectados en la capital regional recibirán entre 200 y 300 euros. Una aproximación media teniendo en cuenta a los progenitores con tres hijos a cargo y con unos ingresos anuales cercanos a los 30.000 euros. A estas personas, según Contreras, ha tributado por más de 1.000 euros, por lo que se les tiene abonar alrededor de 25% de esta cantidad declarada

A nivel provincial, la cifra de afectados se eleva como poco al millar, aunque “la dispersión del medio rural puede repercutir en que algunas familias numerosas desconozcan esta problemática”, indicaba el presidente. En este sentido la Asociación van a poner en marcha unas jornadas formativas para los asistentes sociales de los municipios “pero no es urgente” ya que se cuenta con un plazo de cuatro años para poder solicitar la revisión de la Declaración de la Renta mientras que el impuesto no haya prescrito. Asimismo, van a editar una Guía de Familia con recomendaciones en las que también aparecerá este caso.

 Además, atendiendo a  los cálculos de la Asociación , el 20% de los afectados por la medida que la Agencia Tributaria ponía en marcha en el ejercicio 2005, no podrán recuperar las cantidades que Hacienda les tendría devolver ya que pagaron voluntariamente las liquidaciones enviadas y nos las recurrieron.

 “Nos sentimos muy satisfechos por el auto del juez  puesto que ha sido un alivio, algo similar a una espinita que nos han quitado. En definitiva, una injusticia enorme que se ha subsanado”, explicaba Contreras.

Origen

El punto de partida de estas reclamaciones se remonta a junio de 2005 cuando el Ministerio de Hacienda emitió un informe puntualizando que las ayudas por hijo de las familias numerosas no tenían la exención para las prestaciones por hijo a cargo que prevé la ley del IRPF. Un año después, la Agencia Tributaria incluía la prestación en el borrador de la declaración, sumada en la casilla de los salarios. De este modo, como suele ser habitual, las familias que aceptaron el borrador sin examinar  la casilla de los salarios, desconocen que han tributado por ello. Finalmente, el Tribunal Económico-Administrativo resolvió a favor de las familias numerosas el pasado 12 de junio.

SUPUESTOS

Tras la sentencia del pasado 12 de julio en la que se les daba la razón a las familias numerosas, ahora el siguiente paso a seguir es presentar las respectivas reclamaciones en la Agencia Tributaria. Al respecto, la Federación de Asociaciones de Familias Numerosas de Castilla-La Mancha contempla hasta cuatro escenarios diferentes en función de los usuarios.

El primero de los supuestos, es el de un administrado que declaró los prestaciones en su declaración de IRPF. Ahora, deberá iniciar un procedimiento denominado “de rectificación de autoliquidación presentada”, consistente en un escrito donde se solicita la devolución de “lo injustamente tributado”. En el documento deben aparecer desglosadas las cantidades abonadas por ejercicios así como la cuenta corriente del usuario y su teléfono de contacto.

Otros pasos deben seguir aquellos que han recibido liquidación complementaria provisional, que deben contestar a la AEAT alegando “que se anule dicha liquidación”.

El tercero de los casos pasa por los administrados que han recibido la liquidación complementaria definitiva. Éstos deben interponer un recurso de reposición –un escrito reclamando la anulación de la liquidación conforme a lo determinado en la sentencia del TEAC.

Entre los diversos modelos, aparece el caso de los administrados que son requeridos para subsanar cuestiones formales, que deben aclarar esos defectos y esperar a que se resuelva el procedimiento.

De otro lado, los declarantes con procedimiento en curso, deben mantenerse a la espera de que se aclare el documento.

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