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01 de marzo de 2009

Nuevas medidas en materia de maternidad y paternidad


Marzo 2009 - El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que integra todas las modificaciones y novedades en materia de maternidad y paternidad derivadas de la entrada en vigor de la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como las novedades incluidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009.

Entre las novedades que se recogen se encuentran las siguientes:

  • Las trabajadoras y los trabajadores autónomos pueden percibir las prestaciones de maternidad y paternidad en régimen parcial, compatibilizando las mismas con la realización de la actividad también en forma parcia.
  • Se establecen las bases para que sean efectivos derechos que entraron en vigor con la Ley de Igualdad como la prioridad que se debe dar en las empresas a las mujeres para cambiar su puesto de trabajo en el supuesto de que su actividad suponga un riesgo para su embarazo o lactancia.
  • Las personas que ejerzan la tutela de un familiar que, de acuerdo con la legislación civil, no puedan adoptar podrán disfrutar de las prestaciones por maternidad o paternidad.
  • Recoge los cambios relativos a la prestación por maternidad no contributiva, de tal forma que se aumenta la duración de la prestación a 14 días naturales en caso de familia numerosa, monoparental, parto múltiple y cuando la madre o el hijo estén afectados por discapacidad en grado igual o superior al 65%.
  • Se regula jurídicamente la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional, eliminando el requisito de cotización previa e incrementando su cuantía hasta el 100% de la base reguladora.

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