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30 de junio de 2008

Los tribunales fallan que las ayudas por hijo de la Junta están exentas de tributación


Publicado en: ABC.es


ACAMAFAN gana un recurso interpuesto contra Hacienda

Los tribunales fallan que las ayudas por hijo de la Junta están exentas de tributación

El Tribunal Económico Administrativo Central ha fallado a favor del recurso interpuesto contra Hacienda por la Asociación Castellano-Manchega de Familias Numerosas (Acamafan) determinando que las ayudas por hijo que concede la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a estas familias no deben computarse como ingresos y, por tanto, están exentas de tributación en la declaración de la renta.

La sentencia, conocida el pasado viernes, supone, según señaló ayer a ABC el presidente de la mencionada asociación, Jesús Contreras Naranjo, no es recurrible. «Es el último eslabón de una disputa legal con la que Hacienda, que recurrió en casación, quería conseguir unificación de criterios, pero afortunadamente, y como era de esperar, el tribunal nos ha dado la razón después de un año de disputa en los tribunales», señala Contreras. El Ministerio de Hacienda se había opuesto a numerosas resoluciones del Tribunal Económico regional, que ahora se ve obligado a rectificar.

El problema, según el presidente de la asociación, era que Hacienda no reconocía que estas ayudas no eran equiparables a las prestaciones por hijo a cargo deducibles en la declaración del IRPF, argumentando que esas ayudas las recibía directamente el cabeza de familia. Esto, a juicio de Contreras, «denota el afán recaudatorio de Hacienda y de la mentalidad con que aplica esta norma el director general de Tributos», y añade que «parece que existiera la sensación en la sociedad de que no debe apechugar con la situación de los que tengamos muchos hijos».

Otra de las cuestiones destacadas por Acamafan es que en los borradores de la renta remitidos al cabeza de familia la Agencia Tributaria considera esta ayuda como una pensión, a pesar de que la propia Junta de Comunidades califica la orden que regula las mismas como de prestación por hijo a cargo, y por tanto exenta de impuestos. Hasta ahora, de unos ingresos medios de algo más de 1.100 euros anuales Hacienda se quedaba con un porcentaje de entre el 25 y 30 por ciento. Jesús Contreras también llama la atención de los expedientes sancionadores incoados por Hacienda a algunas familias por no someterse a sus criterios.

Las ayudas que estos momentos concede la Junta de Comunidades ascienden a 35 euros al mes por cada uno de los hijos de la familia menores de 18 años, pero siempre que no supere un nivel de renta baremado por el Iprem en función de diversos aspectos. Así, como ejemplo más básico, una familia con tres hijos que supere unos ingresos anuales de 36.000 euros no tiene derecho a estas ayudas. En la actualidad son algo más de 19.000 las familias castellanomanchegas que reciben estas ayudas.

No obstante, las familias afectadas por la sentencia, que tiene efectos retroactivos, deben solicitar al rectificación del IRPF de años anteriores si quieren recuperar su dinero, ya que Haciendo no lo hará de oficio. Se calcula que el dinero que podrán recuperar está entre 250 y 400 euros por término medio por ejercicio declarado.

Para ello, Acamafan, que durante los ejercicios 2004, 2005 y 2006 del IRPF promovió cientos de recursos que ahora se han resuelto definitivamente, ha dispuesto dispuesto en su página web (www.acamafan.org) una guía con todos los formularios necesarios para recurrir, y en especial el formulario para solicitar la devolución de ingresos indebidos.

 

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