Nuevas medidas en materia de maternidad y paternidad
Marzo 2009 - El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que integra todas las modificaciones y novedades en materia de maternidad y paternidad derivadas de la entrada en vigor de la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como las novedades incluidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009.
Entre las novedades que se recogen se encuentran las siguientes:
Las trabajadoras y los trabajadores autónomos pueden percibir las prestaciones de maternidad y paternidad en régimen parcial, compatibilizando las mismas con la realización de la actividad también en forma parcia.
Se establecen las bases para que sean efectivos derechos que entraron en vigor con la Ley de Igualdad como la prioridad que se debe dar en las empresas a las mujeres para cambiar su puesto de trabajo en el supuesto de que su actividad suponga un riesgo para su embarazo o lactancia.
Las personas que ejerzan la tutela de un familiar que, de acuerdo con la legislación civil, no puedan adoptar podrán disfrutar de las prestaciones por maternidad o paternidad.
Recoge los cambios relativos a la prestación por maternidad no contributiva, de tal forma que se aumenta la duración de la prestación a 14 días naturales en caso de familia numerosa, monoparental, parto múltiple y cuando la madre o el hijo estén afectados por discapacidad en grado igual o superior al 65%.
Se regula jurídicamente la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional, eliminando el requisito de cotización previa e incrementando su cuantía hasta el 100% de la base reguladora.